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¿Qué es el IBI?

14 de octubre de 2022

Conocer qué es el IBI resulta muy importante en caso de que seas el dueño de una plaza de garaje, local o vivienda. Esto se debe a que se trata de un impuesto que debes pagar por obligación como parte de los impuestos relacionados con los bienes e inmuebles.

Específicamente, el impuesto IBI se trata de un impuesto directo, el cual tiene la función de gravar el título sobre los derechos que formen parte de un inmueble que se ubica dentro de un municipio determinado. Los responsables de cobrarlo son los ayuntamientos. Además, se incluye dentro de las tasas municipales.

En palabras más sencillas, siempre que adquieres un local comercial, garaje, casa o piso, tienes la obligación legal de realizar una inscripción dentro de la Dirección General del Catastro. Por consiguiente, de pagar la cuota anual del IBI.

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¿Qué es el IBI y quién lo paga?

Sobre qué es el IBI de una casa y quién lo paga, hay que mencionar que en el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se establece como norma general que los propietarios son los responsables de pagarlo. Esto se debe a que se trata de un inmueble, local o vivienda que recae sobre quien lo posee y no sobre su inquilino.

No obstante, la ley también establece ciertas exenciones a esta norma, de manera que el propietario no sea siempre el responsable del pago del impuesto. Por ejemplo, en los casos en que existe un usufructuario, él será la persona que tendrá la responsabilidad de realizar los pagos.

¿Cada cuánto debe pagarse el IBI?

Además de saber qué es el IBI de la vivienda, debes conocer que este impuesto tiene la particularidad de que forma parte de los impuestos municipales. Es por esto que los consistorios tienen la posibilidad de manejar las modalidades de pago que consideren pertinentes. Asimismo, cuentan con potestad para fijar cada cuánto tiempo debe pagarse y, si se desea, las condiciones para obtener bonificaciones.

Por ello, aunque generalmente se debe pagar todos los años, las fechas de pago del impuesto pueden variar notablemente de una ciudad a otra. De esta manera, será cada municipio el mejor para informar sobre las fechas de pago específicas del IBI.

Por otro lado, esto también implica la existencia de diferentes formas de abono. En la mayoría de municipios esto se realiza mediante recibos entregados a domicilio, algo que se aplica tanto en los pagos fraccionados como anuales.

No obstante, en muchos casos se ofrece la posibilidad de hacer el pago de manera digital, mediante recibos enviados por el ayuntamiento al correo electrónico del propietario. También existen modalidades de pago presencial a través de bancos o incluso por teléfono.

Cabe aclarar que, cuando el recibo está domiciliado, la mayor parte de los ayuntamientos ofrecen la posibilidad de hacer un pago fraccionado. El impuesto del IBI se suele fraccionar en dos o cuatro cuotas anuales. Si no está domiciliado el recibo, siempre se exige hacer un pago único al año.

El pago fraccionado muchas veces implica bonificaciones. Generalmente, ofrece un descuento de 3% en el importe final. Además, beneficia a aquellos propietarios que por alguna razón les resulta difícil hacer un único pago al año.

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¿Cómo se determina el valor del IBI?

El pago del IBI varía de acuerdo al valor catastral del inmueble en cuestión. Para fijar el coeficiente se tienen en cuenta factores como si el terreno es rústico, de características especiales o urbano.

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¿Qué pasa si el usufructuario no paga el IBI?

Es importante aclarar qué pasa si el usufructuario no paga el IBI o el propietario. En principio, cuando un propietario no paga a tiempo su IBI, cuenta con la posibilidad de presentarse en el menor tiempo posible en el ayuntamiento respectivo para abonar la deuda, siempre que el período ejecutivo se mantenga vigente.

Cuando se realiza el abono con este retraso, no solo se debe pagar el importe total, sino que también será necesario pagar por parte del usufructuario un recargo extra de 5% del importe total.

Si transcurre ese tiempo y el propietario continúa sin pagar de manera voluntaria, le será entregada una providencia de apremio por parte del ayuntamiento. Esta incluirá un recargo del 10% extra del importe total y se hará referencia al plazo final para pagar el IBI de su casa.

Si en este momento el propietario continúa sin pagar el impuesto, el recargo pasará a ser del 20%, a lo que se sumarán intereses de demora. Si a estas alturas el propietario aún no paga el impuesto, la Ley Tributaria fija que el ayuntamiento tendrá la posibilidad de ir contra los bienes o bienes inmuebles.

¿Quiénes están exentos de pagar el IBI de una vivienda?

Además de qué es el IBI, las exenciones del mismo son un tema de importancia. Como ya se mencionó, se establecen ciertas exenciones del pago del IBI. Las principales son las siguientes:

  • Inmuebles que se dediquen a la defensa de la nación.
  • Propiedades que pertenezcan a la Cruz Roja.
  • Sedes diplomáticas de países extranjeros.
  • La mayor parte de inmuebles pertenecientes a la Iglesia Católica, salvo por ciertas exenciones.
  • Aquellas propiedades que hayan sido declaradas patrimonio histórico.
  • Inmuebles de antigüedad de grandes ciudades que formen parte de alguna asociación no confesional no católica.
  • Edificios que sean propiedad de una entidad local, comunidad autónoma o del Estado que se relacionen con la educación o la seguridad ciudadana.