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¿Vas de viaje o has decidido pasar una estancia corta en el extranjero y quieres llevarte tu coche o alquilar uno? En ese caso, el carnet de conducir internacional te permite, con unos simples trámites, extender la validez de tu carnet de conducir a un montón de países. Pero, ¿sabes cómo solicitarlo?
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¿Qué es el carnet de conducir internacional?
Es un permiso temporal que, con una validez de un año, certifica que tienes un carnet de conducir válido en tu país de origen. Te permite conducir libremente por la mayoría de los países del mundo, sin realizar trámites adicionales, si estás de paso o de vacaciones. A su vez, no tiene validez alguna en el país que lo ha expedido.
Necesitas un carnet de conducir válido
El carnet de conducir internacional no tiene validez por sí mismo y siempre debe ir acompañado de un carnet de conducir válido y no caducado. Si estando de viaje tu carnet de conducir español se pierde, o caduca, puedes solicitar su renovación en el consulado español más cercano.
No es necesario dentro de la Unión Europea
No se necesita para viajar dentro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), donde es válido el permiso de conducir español. Tampoco en aquellos países con los que España tiene acuerdos bilaterales, como Andorra, Argentina, Chile o Japón. Sin embargo, conviene que te informes antes de emprender el viaje a un país concreto, puesto que la situación de estos convenios puede cambiar.
Cambio de residencia a un país extranjero
Si te trasladas de manera definitiva a vivir o a pasar más de un año en un país fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, tu carnet de conducir internacional no será válido para toda tu estancia. Por ello, es necesario que te informes de los requisitos específicos de cada país para proceder a canjear o inscribir tu permiso de conducir según las leyes del país de destino.
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Ventajas del carnet de conducir internacional
- Conducir legalmente en casi todo el mundo.
- Es un documento de identificación personal si estás en el extranjero.
- Está traducido a seis idiomas diferentes (inglés, español, francés, ruso, chino y árabe) lo que facilita su comprensión.
¿Dónde aparece regulado el permiso conducir internacional?
El carnet de conducir internacional y los trámites y requisitos para su obtención se regulan en:
- Convenio Internacional de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 (Chapter IX. Transport and Communications).
- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores (Capítulo III).
- Código SIA 202339 de procedimientos administrativos.
¿Cómo solicitar el carnet internacional de conducción?
Se solicita en línea en la Sede electrónica de la DGT (Dirección General de Tráfico) o en cualquiera de sus oficinas físicas mediante cita previa, llamando al 060. Este trámite lo puedes realizar directamente o en tu nombre una persona autorizada a través del Registro de apoderamiento de la DGT. Otra forma es que la persona presente una autorización firmada, según el modelo estándar de Otorgamiento de representación, y en la que se señale expresamente que te representa de manera gratuita. En este último caso al solicitar la cita previa debe indicarse el DNI de la persona para la que se realiza el trámite y el DNI de la persona autorizada. En todos los casos es necesario acudir a recoger el permiso de conducir en alguna oficina.
¿Qué necesito para solicitar el permiso internacional de conducir?
Para solicitar el carnet de conducir internacional es necesario:
- Documentación en vigor que permita acreditar tu identidad y residencia:
- Si eres nacional español: DNI o pasaporte, DNI electrónico o credenciales @clave en caso de presentación en línea.
- En caso de ser una persona extranjera comunitaria: documentación de tu país, pasaporte o autorización de residencia, junto con certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
- Siendo una persona extranjera no comunitaria: autorización de residencia.
- Un permiso de conducir español en vigor perteneciente a un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. En estos últimos casos, se debe haber procedido previamente a la inscripción del permiso de conducir según las reglas y procedimientos de la DGT.
- Una fotografía tamaño carnet en color y con fondo liso (32 x 26 mm) que tiene que ser original y actual. Debe presentar el rostro de manera frontal y sin ningún elemento que impida o dificulte el reconocimiento completo de la persona, como gafas o sombreros. La única excepción se da por motivos religiosos. Si tu religión conlleva llevar la cabeza cubierta puedes mantener un pañuelo sobre la cabeza, siempre que la cara quede totalmente al descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón.
- El modelo 3 Trámite de conductores perfectamente cumplimentado con los datos actualizados del solicitante y con la casilla Solicitud de permiso internacional marcada con una X.
- Justificante de haber abonado el importe de la tasa de solicitud (10.51 euros), en caso de realizar el trámite presencialmente y haberla pagado con anterioridad.