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Las motos son uno de los vehículos favoritos de los conductores, pues aportan mayor movilidad y, hasta hace poco, era muy fácil aparcarlas. ¿Sabías que ahora puedes recibir una multa por aparcar la moto en la acera? La reforma a la Ley General de Tráfico ha traído muchos cambios que afectan también a los motoristas.
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¿Dónde estacionar correctamente la moto?
La reforma de la Ley de Tráfico recoge muchas medidas que afectan a las motos, pues lo que se pretende es que circulen de forma más segura por la vía pública. Para conseguirlo, las autoridades han aumentado la cuantía de las multas e infracciones, así como la cantidad de puntos que se pierden del carnet y se favorece la conducción más segura.
Antiguamente los motoristas más temerarios zigzagueaban entre los coches y aparcaban la moto delante del lugar al que se dirigían, sin consecuencias aparentes. Incluso aparcaban libremente por la acera. Ahora si quieres hacer esto, lo mejor es que tomes nota, pues las autoridades pueden multarte fácilmente.
¿Cuál es la multa de moto por estacionarse en lugar prohibido?
Aparcar en una gran ciudad puede ser complicado y si aparcas solo “por un minuto”, también puede acarrear una multa por mal estacionamiento de la moto. Para evitar infracciones es aconsejable que sepas cómo aparcar correctamente.
Si aparcas la moto sobre la acera inferior, a tres metros o en una calzada junto a las fachadas de los edificios o en una zona de carga y descarga; PMR o de acceso de transporte público, pueden multarte por 60 euros. Las sanciones, sin embargo, ascienden hasta los 200 euros cuando se aparca sobre la acera y obstruye el tránsito de los peatones.
La nueva ley es muy clara: las “aceras, paseos y demás zonas peatonales son lugares donde motos, y demás vehículos de motor, tienen prohibido aparcar”. Sin embargo, los ayuntamientos de las ciudades tienen la libertad para regular paradas y el estacionamiento de motocicletas y vehículos de dos ruedas en estas áreas. Pero el ayuntamiento en cuestión debe de establecer un punto que no entorpezca el paso de los peatones y que tampoco suponga un riesgo para ellos.
Así que ya no puedes aparcar en cualquier lugar de la acera, pues según la DGT está prohibido como norma general. Pero recuerda que las ciudades tienen competencia para regular el aparcamiento. Toma nota de las reglas de las tres ciudades con mayor cantidad de motos: Madrid, Barcelona y Valencia.
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Evitar multas por estacionar mal la moto en las grandes ciudades
En España hay 3,39 millones de motos registradas y aseguradas. El 30% de estas motos, es decir, 1,02 millones, circula por Madrid, Barcelona y Valencia. Si vives en alguna de estas ciudades, quizá quieras aprender cuál es la normativa relativa al aparcamiento de las motocicletas. ¡Evita una multa por estacionar mal tu moto!
Barcelona: la ciudad con más motos
Barcelona es la ciudad de España con más vehículos motorizados que funcionan con dos ruedas. De ahí que el Ayuntamiento de Barcelona haya decidido establecer sus propios lineamientos a lo que aparcamiento se refiere. Puedes encontrarlo en el artículo 40 de la Ordenanza Municipal de Peatones y Vehículos.
En Barcelona lo mejor es que aparques en la zona destinada para motocicletas, siempre que sea posible. Pero si no encuentras aparcamiento en la zona específica, entonces puedes aparcar en una calzada, en semibatería y ocupando, como mucho, un metro y medio de ancho. Eso sí, no puedes impedir el acceso a otros vehículos. Siempre que no haya un espacio reservado de carga y descarga o no esté prohibido (debidamente señalizado), puedes aparcar en el arcén, la acera y los paseos; estos deberán tener más de tres metros de ancho.
Para ello:
- Aparca a 50 centímetros del bordillo.
- Aparca a dos metros de un paso peatonal o parada de bus.
- Aparca entre alcorques, pero sin sobrepasarlos.
- En paralelo al bordillo, si el espacio tiene de tres a seis metros.
- Aparca en semibatería siempre que el ancho de la acera sea mayor a seis metros.
- Deja un espacio de tres metros para que pasen los peatones.
Madrid
En Madrid encontrarás los lineamientos específicos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Lo recomendable es aparcar en los lugares destinados para motos, pero si no encuentras, puedes hacerlo en la acera. Eso sí, debes seguir las condiciones establecidas. Lo mejor es que encuentres sitio en el espacio reservado para motos: es gratis e ilimitado.
Es posible aparcar en la acera siempre y cuando:
- No esté prohibido en ningún cartel.
- No exista banda de aparcamiento.
- Lo hagas a 80 centímetros del bordillo, en una línea única.
- Aparques en paralelo cuando la acera sea menor a seis metros y en semibatería.
- Dejes tres metros para que pasen los peatones.
Eso sí, está prohibido aparcar en pavimento tacto-visual y en zonas prioritarias para peatones.
Valencia
Para conocer la normativa en Valencia, no dudes en consultar la Ordenanza de Movilidad. Aquí se destinan espacios en la calzada para tales fines, pero si no los hay, entonces puedes aparcar tu moto junto a la acera, pero en oblicuo y ocupando, como mucho, dos metros. Además, no puedes:
- Aparcar si la acera tiene un ancho menor a tres metros, si hay plazas (libres o no) para motos a una distancia inferior a 50 metros o si hay un punto de carga y descarga.
- Dificultar el acceso de peatones ni viandantes.
- Aparcar junto a las fachadas.
- Obstruir puertas, ventanas ni escaparates.
- Encadenar el vehículo a farolas, árboles, postes, etcétera.