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Daños estéticos en el seguro de hogar

25 de agosto de 2022

Un seguro del hogar cubre muchos de los daños que pueden surgir en una vivienda. Minimiza las pérdidas económicas y solventa la mayoría de problemas que puedan darse con las reparaciones o alteraciones necesarias tras un siniestro. Todo depende del tipo y el alcance de cobertura que se haya contratado. ¿Sabes qué son los daños estéticos y si tu seguro los cubre? Compara nuestros seguros de hogar y elige las coberturas que se adapten a tus necesidades.

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¿Qué son los daños estéticos?

Son los desperfectos ocasionados por un siniestro que afectan a la integridad visual y comprometen la armonía estética de alguna estancia de la vivienda. Se trata de daños colaterales del siniestro, en contraposición a los daños directos. 

La cobertura de daños estéticos en un seguro de hogar

La cobertura de daños estéticos del seguro cubre la reparación o indemniza por la alteración de la imagen de la vivienda que se haya producido como consecuencia de un siniestro. 

  • Su fin es asegurar que la armonía estética del continente (la vivienda y sus estructuras), y ocasionalmente también del contenido (los muebles), sea la misma que antes del incidente. 
  • Se trata, por lo tanto, de una recomposición o restauración estética
  • Es una cobertura autónoma, dado que la indemnización del seguro hacia los daños estéticos se recibe con independencia de la recibida por los daños directos causados por el siniestro.
  • Dependiendo del tipo de seguro puede ser una cobertura básica siempre presente u opcional. 
  • Es cada vez más demandada por la importancia que muchas personas dan a que su vivienda conserve la estética deseada incluso después de un siniestro.

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Un ejemplo de daños estéticos

El escape de agua producido por la ruptura de una tubería puede estropear parte del suelo de madera de alguna de las estancias de la casa. La cobertura básica del seguro se encargará de reparar la avería y la parte dañada del suelo. Sin embargo, puede darse que el color de la madera no sea el mismo, o que la diferencia entre la parte reparada y la anterior sea notoriamente visible. Esa diferencia que rompe la armonía estética del suelo es la cubierta por la cobertura de daños estéticos. Con ello, indemnizará el seguro al asegurado o cubrirá parte de los gastos de la reparación para igualar toda la estancia.

¿Qué daños estéticos cubren los seguros del hogar?

Como regla general, se incluyen los daños estéticos que sean fruto de un siniestro, si éste no es responsabilidad del asegurado y está recogido como tal en la póliza de seguros. Por ejemplo, el pintar una habitación tras un accidente que ha ocasionado desperfectos en la pintura. También sustituir las baldosas del baño, cuando algunas de ellas han sido dañadas a consecuencia de una obra y no existe un modelo igual para su sustitución.

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¿Qué límites puede tener la cobertura por daños estéticos?

La cuantía

Se suele establecer una cobertura máxima en los daños estéticos cubiertos, que normalmente se refiere a un porcentaje del importe asegurado y a una cantidad monetaria que no puede excederse. En ocasiones, la indemnización del seguro por daño estético se supedita a la efectiva reparación por parte del interesado de la parte dañada, independientemente de que el importe sea un porcentaje del total o cubra todo el monto de la reparación. Por ejemplo, si el límite establecido es de 600 euros pero el coste de la reparación es de 728, el asegurado debe cubrir los 128 euros de diferencia.

Límites espaciales

Normalmente la cobertura se limita al espacio donde se produce el siniestro. Suelen estar excluidos los espacios ajenos o externos a la vivienda asegurada, y en ocasiones, las estancias adyacentes al lugar del siniestro.

Limites temporales

La antigüedad de la vivienda o del contenido puede ser otra de las limitaciones a la hora de poder utilizar la cobertura por daños estéticos. Algunos seguros pueden establecer también períodos de carencia para poder hacer uso de esta cobertura.

¿Qué no cubre la cobertura por daños estéticos?

La cobertura por daños estéticos depende en gran medida de los diferentes seguros y de las cláusulas específicas que se hayan contratado. Suele ser habitual que en algunos seguros no se recojan como parte de dicha cobertura:

  • Daños a objetos de terceros o cubiertos por otras coberturas, como los de daños materiales, robos o hurtos y todo riesgo por ejemplo la rotura de cristales o vehículos a motor.
  • Objetos que se encuentren en el exterior de la vivienda: por ejemplo los bancos del jardín, árboles y plantas
  • Arañazos o ralladuras que se consideran daños de carácter superficial.

¿Cómo reclamar la cobertura por daños estéticos?

Cuando se tiene conocimiento del siniestro es necesario informar a la compañía del seguro de los daños y causas del mismo para proceder a reclamar la indemnización o reparación correspondiente. En este momento se ha de señalar, si son visibles, los daños estéticos ocasionados. De no serlo, se debe informar a la compañía de seguros tan pronto como se produzcan. La compañía aseguradora debe proceder a reparar, remplazar o indemnizar por los elementos estéticos del contenido y continente, incluidos en la póliza, que sean objeto algún tipo de daño estético.