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Lo que dice la DGT sobre la identificación del conductor

7 de julio de 2022

Hay diversas situaciones en las que la DGT te puede solicitar que identifiques al conductor de un vehículo. Una de las más habituales es que cometas una infracción o dejes tu coche a alguien y esa persona actúe de forma ilegal. Si la DGT te pide que reconozcas al conductor y no lo facilitas, estás incurriendo en una actuación que lleva aparejada una sanción.

Al identificar al conductor lo que haces es asumir las responsabilidades que se hayan podido cometer. Precisamente, es algo que debes realizar para que la DGT pueda imponer la sanción pertinente por la infracción cometida. Ya sea de forma económica o restando puntos en el carnet de conducir del responsable.

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¿Cómo identificar al conductor para no incurrir en una multa?

Una vez que se ha cometido la infracción, la DGT envía a tu domicilio una carta para solicitar la identificación del conductor. En dicha carta se incluyen el número de expediente de la sanción y el código de la notificación. Asimismo, también recibirás el formulario que debes rellenar para señalar al conductor y/o propietario del vehículo.

Deberás, por tanto, rellenar esta documentación (nombre, apellidos, DNI y domicilio postal) y entregarla de forma presencial en una Oficina de Tráfico. También tienes la opción de enviarla por correo a la Jefatura de Tráfico, mediante un mail al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas o en la aplicación móvil miDGT disponible tanto para Android como para iOS.

Probablemente, debas informarte bien sobre cuál es el cauce más adecuado en función de tu caso, sobre todo porque si el conductor no reside en territorio español o no tiene el permiso de conducir adecuado para el vehículo, no podrás enviar la identificación del conductor por internet.

Todas las personas que reciban una notificación de este tipo tienen un plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al que haya llegado la comunicación al domicilio, para entregar el impreso con los datos de identificación del conductor. La comprobación de todos estos datos se llevará a cabo desde el Registro de Conductores de la DGT.

¿Quién debe realizar la identificación del conductor por multa?

En todos los supuestos, la identificación del conductor la debe realizar el propietario del vehículo con el que se haya cometido la infracción. No obstante, si no es posible también lo puede realizar una persona autorizada con el nombre del propietario. Para ello, deberá presentarse en la Jefatura de Tráfico con un documento firmado por el propietario autorizando a esta persona a presentar la solicitud. Ante este hecho, habría que presentar tanto el DNI del propietario como el de la persona autorizada que entrega la documentación.

La Administración, en definitiva, lo que necesita es saber quién es la persona responsable de cometer la falta, ya que en realidad solo cuenta con el nombre del titular del vehículo pero no sabe quién lo conducía en ese momento.

¿En qué casos te solicita la DGT identificar al conductor?

Hay diversos casos concretos en los que la DGT solicitará al conductor su identificación para iniciar el proceso de infracción. Será, precisamente, en aquellas situaciones en las que el agente no ha podido realizar en persona la denuncia. Algunas de las situaciones más habituales que pueden darse son las siguientes:

  • Superar la velocidad permitida al pasar por un radar.
  • Aparcar de forma indebida.
  • Infracción urbana o en carretera detectada por una cámara de seguridad. 

¿Cuál es la multa por no identificar al conductor?

En el caso de no facilitar la identificación del conductor a la DGT después de haberse cometido una infracción, estás incurriendo en una falta muy grave según lo estipulado en la Ley de Tráfico. De producirse este hecho, tendrás que afrontar una multa económica sin la posibilidad de reducir a la mitad, ya que no existe la opción de pronto pago.

La cuantía de las multas dependerá del grado de infracción, pero siempre teniendo en cuenta que será el doble de la cantidad prevista para la infracción originaria que la motivó si es leve y hasta el triple si la infracción es grave o muy grave:

  • Infracción leve: hasta 100 euros (200 euros en total).
  • Infracción grave: 200 euros (600 euros en total).
  • Infracción muy grave: 500 euros (1.500 euros en total).

Esto es, en definitiva, todo lo que debes saber a la hora de identificar al conductor del vehículo. Recuerda que si la DGT te lo solicita, debes presentar los datos de forma obligatoria para no incurrir en una sanción económica. Para ello, puedes hacerlo tanto de manera presencial como a través del correo postal o internet. Una vez lo hagas, la DGT ya tendrá los datos correspondientes del conductor para iniciar los trámites de la sanción.