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Las señales de tráfico pretenden garantizar la seguridad vial, y son de cuatro tipos: de peligro, de prohibición, de obligación y las de balizamiento (señalan si hay obstáculos en la via). La señal V2 es una de las de balizamiento en general y además de su utilización en ciertos vehículos es también útil para otras posibles señalizaciones.
¿Qué es la señal V2?
Consiste en un dispositivo luminoso con una o varias luces de color amarillo (auto homologadas), que deben cumplir con el Reglamento CEPE/ONU número 65.
Su objetivo es mostrar e indicar de manera muy clara la posición de un vehículo que se encuentra en un momento de servicio en la vía pública o en sus entornos, para proveer a los conductores de una cierta prudencia al respecto.
Hay ciertos vehículos que está obligados a su utilización, y debe aportar una buena visualización desde al menos 100 metros en cualquier dirección.
La señal V2 no precisa autorización administrativa previa para su uso, aun en el caso en que se encuentre como elemento supletorio adicional o constructivo.
Esta señal se debe posicionar por encima de las luces más elevadas del vehículo y el entorno, sin que alteren la visibilidad del conductor y, por supuesto, sin que dañe la resistencia estructural de protección del mismo en ningún caso.
Vehículos que están obligados a llevar la señal V2
Los vehículos y diversas situaciones en las que es obligatorio su uso son:
- Vehículos de acompañamiento de eventos así como los vehículos de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, al igual que los vehículos de las columnas militares.
- Vehículos en régimen de transporte especial, así como sus vehículos piloto y de acompañamiento.
- Vehículos en situación de parada o estacionamiento.
- Vehículos que desempeñan un servicio, actividad u operación de trabajo.
- Vehículos que no superen los 40 kilómetros por hora.
- Vehículos que hayan podido sufrir una avería o accidente y que se encuentren dentro de los supuestos anteriores en caso de avería o colisión.
Eso sí, es importante saber que está radicalmente prohibido el montaje y la utilización de esta señal V2 en cualquier vehículo que no constituya ningún tipo de obstáculo en la vía pública, ya que su utilización está dirigida exclusivamente y por normativa a este tipo de problemática de seguridad.
Otros vehículos y posibles señalizaciones que pueden acompañar la señal V2
Junto a la señal V2, de forma totalmente voluntaria, algunos vehículos se configuran con otro tipo de señales del tipo distintivos retro-reflectantes, que se ubican normalmente a lo largo del contorno del vehículo en cuestión.
Eso sí, este tipo de distintivos deben, por norma, reunir una serie de características específicas sea físicamente o de colocación:
- Anchura de 100 mm y altura de 140 mm
- Con franjas rojas y blancas alternadas, inclinadas en 45º
- Confeccionadas con material retro-reflectante de clase 1 o 2.
- Van colocados tanto en la delantera como en la trasera del vehículo
- La dirección de las franjas debe realizar una “V” invertida y siempre en el sentido de la marcha si se encuentran en los laterales del vehículo.
En el posible caso de avería de la señal luminosa V2, es también normativa la utilización de la luz de cruce además de las luces indicadoras de dirección con señal de emergencias (es decir los intermitentes), logrando así una visibilidad correcta de su posición en la vía pública, siendo este el objetivo real de la señal V2.
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