VERTI ASEGURADORA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. utiliza cookies propias y de terceros para realizar análisis estadísticos, la autenticación de la sesión de usuario, mostrarte contenido útil y mejorar y personalizar determinados servicios mediante el análisis de tus hábitos de navegación. Puedes configurar estas cookies, pudiendo en tal caso limitarse la navegación y servicios del sitio web. Si aceptas las cookies estás consintiendo la utilización de las cookies en este sitio web. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar", o configurar o rechazar su uso clicando en Configuración de cookies. Si deseas más información, puede consultar nuestra Política de Privacidad y cookies
Índice de contenidos
Quien encuentra un buen inquilino encuentra un tesoro. Un arrendatario que pague el alquiler y los gastos debidamente es un sueño para todo propietario. Sin embargo, en ocasiones, el inquilino no paga el alquiler como debería. Excusas a la hora de pagar facturas o retrasos e impagos del alquiler son algunos de los quebraderos de cabeza para muchos propietarios. ¿Qué hacer si un inquilino no paga el alquiler?
Con los seguros de hogar para caseros de Verti, contarás con una cobertura total específica para caseros con su vivienda en alquiler. ¡Descubre las coberturas!
El arrendador puede resolver de pleno derecho el contrato por:
La mala suerte de dar con un inquilino que no paga el alquiler es más frecuente de lo que parece. Cuando lamentablemente nos encontramos en esta situación, podemos recurrir a un procedimiento de desahucio para recibir el alquiler que se nos debe.
Antes de proceder con cualquier reclamación por vía judicial, es conveniente intentar buscar una solución amistosa. En ocasiones despistes, problemas sobrevenidos o circunstancias inesperadas han podido hacer que, inquilinos de buena fe, se retrasen en el pago del alquiler. En estos casos se debe intentar hablar con el inquilino, conocer las razones del retraso e intentar buscar un acuerdo para el pago de los alquileres atrasados.
Si un acercamiento amistoso no ha supuesto ningún cambio y el inquilino sigue sin pagar el alquiler, conviene enviar una solicitud formal por escrito solicitando de manera contundente el pago.
.
El envío de un burofax puede ser una forma de hacerlo:
A pesar de que el inquilino no pague el alquiler, hasta que el contrato no se resuelva, el arrendatario es el poseedor legal de la vivienda. Mientras el contrato de arrendamiento esté vigente, el arrendador no debe:
Cuando, a pesar de los intentos y la buena voluntad del arrendador, el inquilino no paga el alquiler, se puede iniciar un procedimiento de desahucio para reclamar la deuda y recuperar el inmueble. El impago del alquiler es una de las causas previstas en el artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y el procedimiento está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El procedimiento no tiene una duración fija, pero suele tardar una media de cinco meses. En muchos casos, el inquilino paga en pocas semanas para evitar el juicio y sus consecuencias.
El coste aproximado oscila entre 700 y 1.000 euros, incluyendo:
La demanda suele incluir:
Una vez admitida la demanda, el juzgado envía al inquilino un decreto con:
En la mayoría de los casos no se celebra juicio oral, ya que el inquilino suele desistir ante los costes. Las posibles salidas son:
Si se llega al lanzamiento, el propietario recupera el inmueble. Si aún hay rentas o suministros impagados, puede solicitar la ejecución para embargar cuentas o nómina del inquilino hasta cubrir la deuda.
Algunas medidas para evitar los impagos antes de firmar un contrato de alquiler:
Pedir nóminas o pruebas de solvencia del inquilino es una manera de asegurarse de que tenga posibles para afrontar mensualmente el pago del alquiler. Puede pedirse también un aval privado o bancario a la hora de firmar para tener una doble garantía.
Requerir el pago de una fianza reembolsable de un mes de renta para el alquiler de una vivienda o dos para locales comerciales u otro tipo de arrendamientos. También está permitido por la ley solicitar una garantía adicional que como máximo puede ser el importe de dos meses de alquiler.
Una posibilidad, con coste para el propietario, es contratar un seguro de impago que cubra los posibles retrasos o impagos del alquiler.
Conoce todas las coberturas de nuestros seguros de hogar.