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  • El seguro a todo riesgo incluye golpes propios.

¿El seguro a Todo Riesgo cubre los golpes propios?

12 de junio de 2020

El mundo de los seguros es muy amplio y, en ocasiones, pueden surgir muchas dudas sobre qué cubre una póliza frente a otra y cuál es la más adecuada para nuestro vehículo. En esta ocasión, vamos a hablar de los seguros a Todo Riesgo y veremos qué coberturas tiene y si cubre los golpes propios. ¡No te lo pierdas!

¿Qué es un seguro a Todo Riesgo?

Los seguros a Todo Riesgo son los más completos que existen, pero no siempre son los más recomendables. Este tipo de póliza es especialmente útil para coches nuevos o de kilómetro cero, ya que cubre prácticamente cualquier situación que cause daños materiales e incluso personales, aunque son mucho más caros que los seguros a terceros o terceros ampliados.

El seguro a Todo Riesgo y los daños propios

El punto diferenciador de esta póliza es que sí incluye la cobertura de daños propios; es decir, cubre los desperfectos materiales sufridos por el vehículo tras un accidente en el que el propio conductor ha sido el responsable. De hecho, esta cobertura solo se encuentra en este tipo de seguros.

En síntesis, que un seguro incluya la cobertura de daños propios significa que todos los daños ocasionados a causa de un accidente quedan cubiertos por la póliza incluso cuando el asegurado ha sido el culpable, siempre y cuando este no conduzca bajo los efectos del alcohol o drogas, haya sufrido el accidente en una carrera ilegal, haya conducido sin carnet o sin la ITV en regla.

Coberturas de un Todo Riesgo

Este tipo de seguro, además, cubre los daños ocasionados a terceros y otro tipo de coberturas. Veamos cuáles son:

  • Responsabilidad civil ampliada. El límite económico de la responsabilidad civil del asegurado es mayor que en seguros a terceros y cubre los daños causados a terceros por remolques o caravanas u otros objetos transportados. 
  • Defensa jurídica. Indemnización por los gastos ocasionados en caso de defensa jurídica y reclamación de daños que hayan sido originados por el conductor o sus ocupantes. También se suele incluir la defensa en multas de tráfico al tomador del seguro.  
  • Este tipo de póliza suele incluir indemnización en casos de fallecimiento, invalidez permanente o asistencia sanitaria al conductor y, además, facilita ayudas para adaptar la vivienda y atención psicológica en caso de accidente grave. 
  • Caída de un rayo o un pedrusco y los daños en la tapicería si se presta ayuda a las víctimas de un accidente de tráfico. 

Asimismo, incluye otras coberturas como la de lunas, la de robo o la de incendio. No obstante, si hay una rotura de una ventanilla, hay un intento de robo y se daña la cerradura o el vehículo sufre una explosión, las coberturas que entran en juego son las correspondientes y no las de daños propios. Es decir, la cobertura de daños propios solo cubre los desperfectos materiales ocasionados a un vehículo siempre que no sean imputables a otra cobertura específica. 

Los Todo Riesgo tampoco cubren los riesgos consorciables, es decir, los que son imputables al Consorcio de Compensación de Seguros, como los daños provocados por un acto terrorista o un tumulto popular, la actuación de las Fuerzas Armadas o los Cuerpos de Seguridad en épocas de paz o los desperfectos causados por fenómenos meteorológicos, como un terremoto, una erupción volcánica o una inundación. 

Por último, aclarar que con un seguro a Todo Riesgo, la aseguradora puede indemnizar al asegurado o reparar los desperfectos. Si el siniestro no permite la reparación y se declara una pérdida total del vehículo, la aseguradora indemnizará al conductor en función del valor venal, valor de mercado o valor a nuevo, a través de una cantidad monetaria o con la sustitución por otro vehículo similar.