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Por el momento en España no se considera delito la venta de un vehículo embargado. Si es imprescindible que se especifique su condición de embargo en el contrato de compraventa, aportando al comprador un informe detallado de su condición y garantizando que el dinero de la venta se utilice para detener el embargo.
La venta de un vehículo embargado está sometida a una serie de pasos a seguir, de la misma forma que para conocer su situación real.
Es mucho más fácil de lo que parece y se puede conocer a través de la página web de la DGT, identificándose con el DNI o mediante certificado electrónico, siguiendo los pasos:
Son los siguientes:
Como en toda operación, convendrá siempre evaluar detalladamente lo que se gana y se pierde en este tipo de operación, considerando además el precio de compra y el estado del coche.
Muy importante también el nivel de confianza en la persona que vende el coche, valorando su sinceridad al explicar con claridad su estado de embargo. En caso contrario seguramente no convendrá la operación.
Es cierto que un coche embargado suele venderse a precios inferiores a los de mercado, pero no se debe olvidar que el precio no lo es todo.
A la hora de adquirir un vehículo de cualquier tipo, hay que pensar en contratar un seguro Verti.
Existen diversas alternativas en este caso:
Como resumen, la venta de un coche embargado en España no es delito, siempre que se cumpla con la obligación de informar de su estado y declarando, en su caso, si tiene o no algún tipo de precinto.
Para asegurar tu coche adecuadamente y tener la tranquilidad necesaria, consulta el seguro para coches de Verti, con coberturas personalizadas que se ajustan perfectamente a tus necesidades, garantizando que tu vehículo esté protegido en todo momento.
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