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MOVILIDAD

Patinete eléctrico con asiento: ¿Es legal?

10 de julio de 2024

Un vehículo de movilidad personal es lo que comúnmente conocemos como patinete eléctrico, es decir, un vehículo que cuenta con una o más ruedas y que únicamente ofrecen una plaza. Estos se mueven a través de la propulsión de un motor eléctrico y la velocidad máxima no suele superar los 25 kilómetros por hora.

Los VMP, como también se conoce a este tipo de vehículos, se pusieron de moda en nuestro país hace ya algunos años, pero no ha sido hasta febrero de 2023 cuando finalmente la Dirección General de Tráfico adaptó la normativa para legislar su circulación por vías urbanas, lo que venía siendo un requerimiento desde años atrás, con el fin de poder garantizar la seguridad tanto de los conductores como de viandantes.

En los últimos tiempos, ha surgido un creciente interés por los patinetes eléctricos con asiento. Estos vehículos, que combinan la comodidad de una bicicleta con la practicidad de un patinete convencional, se han convertido en una alternativa atractiva para la movilidad urbana.

Sin embargo, ¿puede un vehículo de movilidad personal tener sillín? Esta pregunta, que podría parecer sacada de un examen de conducir, genera dudas entre muchos usuarios. Y es que, si bien la normativa sobre los patinetes eléctricos no siempre está clara, lo cierto es que, en la normativa, los patinetes con sillín sí están contemplados. A continuación te explicaremos si es posible viajar en patinete sentado.

Lo cierto es que sí, existe la posibilidad de tener un patinete eléctrico con asiento, aunque existen especificaciones y es que para poder utilizar este tipo de VMP es necesario que el patinete cuente con un sistema de autoequilibrado.

Pero este no es el único requerimiento recogido en la normativa de patinete con sillín, sino que la DGT recoge otros aspectos legales relacionados con estos vehículos, vamos a conocerlo.

Normativa de los patinetes con sillín

Además de que la velocidad máxima permitida a los VMP no puede superar los 25 kilómetros por hora, estos deben cumplir otra serie de normas para poder estar amparados por la legalidad, estas son:

  • No está permitido que los patinetes eléctricos circulen por las aceras.
  • Del mismo modo, los VMP tampoco pueden circular por vías interurbanas, autopistas, autovías, travesías, ni túneles urbanos.
  • En cuanto a los conductores, deben cumplir la misma normativa en cuanto a alcohol y drogas que el resto de conductores de otros automóviles.
  • No es posible circular utilizando auriculares, ni usar el móvil u otros dispositivos cuando se conduce un patinete eléctrico, por cuestiones de seguridad.
  • En la actualidad, se está desarrollando una normativa relacionada con la obligatoriedad de utilizar casco cuando se conduce un VMP.

Estos son los requisitos técnicos de los VMP

Ahora sabes que es legal el patinete eléctrico con asiento, es importante conocer que, la DGT también ha desarrollado lo que se conoce como “Manual de características de los vehículos de movilidad personal”, en el que se recogen una serie de requisitos técnicos que deben cumplir estos patinetes para poder garantizar la seguridad de los conductores y viandantes.

Entre estos factores se destaca la obligatoriedad de que el VMP cuente con un sistema de frenado, una iluminación adecuada y dispositivos reflectantes tanto en la parte frontal como en la trasera, además de un dispositivo de advertencia acústica, es decir, un timbre.

Pero además se recomienda utilizar casco y disponer de un seguro de responsabilidad civil.

En lo referente a ir en patinete sentado, tal como se comentaba anteriormente, puede un vehículo de movilidad personal tener sillín siempre y cuando este cuente con un sistema de autoequilibrado. ¿Y esto qué significa? Que el patinete eléctrico con asiento es legal siempre y cuando cuente con un sistema de control que cumpla la función principal de conseguir mantener al patinete en equilibrio.

¿Qué se considera infracción a la hora de utilizar un vehículo de movilidad personal?

Dado que se ha redactado una normativa alrededor de los vehículos de movilidad personal, esto ha derivado en que la Dirección General de Tráfico también sea capaz de legislar sobre este tipo de automóviles, es decir, que en caso de que se incumpla alguna de las normas establecidas, esto significaría que se está llevado a cabo una infracción y, por ende, existirá una sanción asociada, tal como se muestra a continuación.

En primer lugar, ya se determinaba que los límites en cuanto a consumo de alcohol y drogas en un patinete eléctrico son los mismos que con cualquier otro vehículo. Superar estos límites puede suponer una sanción económica que puede estar comprendida entre los 500€ y los 1.000€ en el caso del alcohol, y de 1.000€ si se trata de drogas. Además, al igual que sucede con el resto de vehículos en la vía pública, es este tipo de situaciones, el patinete quedará inmovilizado si existen evidencias de consumo de alcohol o drogas.

Tampoco está permitido utilizar el móvil u otros dispositivos, acto que puede estar castigado con una sanción económica de 200€. Del mismo modo, si se utilizan auriculares, la multa será similar, también de 200€.

Por último, si no se utilizan las luces obligatorias o prendas reflectantes durante la noche o bien, si en un lugar donde es obligatorio llevar casco, este no se tiene, la sanción será, una vez más, de 200€.

Ahora que estás al día sobre la normativa del patinete con sillín, recuerda que la seguridad es lo primero. Para que puedas moverte por la ciudad con tranquilidad y sin preocupaciones, te recomendamos contratar un seguro de movilidad personal como el de Verti. ¡Muévete con responsabilidad y disfruta de la libertad y comodidad de moverte en patinete sentado!

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